Objetivo: A continuación se desarrollan ciertos conceptos importantes acerca de las Sociedades por Acciones Simplificadas, una nueva estructura de sociedad mercantil en México que beneficia a personas emprendedoras que inician en el ámbito empresarial y así poder constituir esta sociedad en base a fundamentos legales vigentes en nuestro país.
¿Qué es una S.A.S.? Es un nuevo tipo de sociedad que se constituye de una manera más fácil que una sociedad anónima. La pueden formar una o varias personas físicas o jurídicas. En las S.A.S, la responsabilidad de los socios está limitada a sus acciones.
¿Qué es una S.A.S.? Es un nuevo tipo de sociedad que se constituye de una manera más fácil que una sociedad anónima. La pueden formar una o varias personas físicas o jurídicas. En las S.A.S, la responsabilidad de los socios está limitada a sus acciones.
![]() |
![]() |
La Sociedad por Acciones Simplificadas (S.A.S) se constituye por una o más personas físicas que solamente están obligadas al pago de sus aportaciones representadas por acciones. |
¿Cuáles son los fundamentos legales de su creación?
A partir del 15 de septiembre del 2016 entra en vigor una Reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles, la cual introduce una nueva sociedad que beneficia la constitución de las empresas en México, esta sociedad es denominada « Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS) » o como « Ley de Empresas en un día y costo 0 ».
Este cambio implica mejoras para todos aquellos pequeños empresarios que se esfuerzan por impulsar su empresa, la mayoría de las veces con un bajo capital y un bajo número de socios. En la actualidad las personas que deciden constituir una empresa tardan hasta 72 días en trámites notariales y con costos superiores a los 30 mil pesos.
¿Cuáles son sus características?
- La responsabilidad de los accionistas queda limitada hasta el monto de sus aportaciones
- No deberán apartar utilidades para fondo de reserva
- Deberán calificar como micro y pequeña empresa, por lo que se tomarán como referencia sus ingresos anuales ($5,000,000 de pesos)
- No están sujetas al requisito de escritura pública o cualquier otra formalidad
- Las modificaciones de los estatutos se realizarán a través de fedatario público
- En cualquier momento podrán transformarse en otro régimen societario
- Las controversias entre los accionistas, en principio, deberán resolverse a través de mecanismos alternativos como mediación o conciliación
- Las utilidades se distribuirán en proporción a las aportaciones
- Se establecen obligaciones de transparencia que cumplirán en el Sistema Electrónico de Publicaciones Empresariales
¿Cuáles son los requisitos para constituir la S.A.S.?
- Que haya uno o más accionistas.
- Que el o los accionistas externen su consentimiento para constituir una Sociedad por Acciones Simplificadas.
- Uno de los accionistas deberá contar con la autorización para el uso de denominación emitida por la Secretaría de Economía.
- Que todos los accionistas cuenten con certificado de firma electrónica avanzada reconocido por la Secretaría de Economía.

¿Cuál es la finalidad de las S.A.S?
Esta iniciativa tiene como objetivos, eliminar la informalidad, simplificar el proceso de constitución para micro y pequeñas empresas, crear un nuevo régimen societario constituido por uno o más accionistas (personas físicas), establecer un proceso de constitución administrativa con todos los efectos legales, y fomentar el crecimiento de estas empresas para que, en lo futuro, adopten formas más sofisticadas de operación y administración.
¿Cuáles son las ventajas y desventajas?
VENTAJA
DESVENTAJA
Mayor agilidad
para la creación de una nueva sociedad mercantil. A excepción de la
denominación social, la redacción de Estatutos Sociales, y la inscripción de
la misma en el Registro Público del Comercio, se podrá hacer desde cualquier
computadora en el mismo día que se inicia el trámite. En promedio, una
Sociedad Anónima tarda 30 días en quedar inscrita en el Registro Público del
Comercio.
Es una sociedad apenas implementada.
Existe desconocimiento respecto de su existencia y aplicación
Mayor flexibilidad, debido a que los
Accionistas elegirán de los formatos existentes, las cláusulas del Contrato
Social que regirán el rumbo de la sociedad.
Es
una sociedad apenas implementada. Existe desconocimiento respecto de su
existencia y aplicación.
Gastos menores o
nulos. En virtud de que ya no existen formalidades como acudir ante fedatario
público para que protocolice el acto. Tampoco se deberán pagar derechos por
la inscripción electrónica al Registro Público del Comercio.
Se estima que, en promedio, para la
creación de un Sociedad Anónima se deben invertir alrededor de $25,000.00
Totalidad de trámites por Internet. Bastará
con tener un servidor con acceso a la red para ingresar a los portales web de
la Secretaría de Economía, ingresar los datos correspondientes, así como
cumplir con todos los requisitos de ley, para que la sociedad sea inscrita.
Incertidumbre
respecto de su funcionamiento, por ser una nueva sociedad. Si bien ha
sido implementada en varios países latinoamericanos, sigue siendo novedosa y
radical en cuanto a su forma de constitución en nuestro país. Lo mejor, es recibir
asesoría legal de profesional con manejo en el sistema.
Se podrá
constituir a partir de uno o más Accionistas. Esto representará una ventaja
para aquellos emprendedores que se disponen a establecer un negocio solos.
Actualmente el proceso de
constitución en línea presenta intermitencias, y períodos de baja del
servicio; lo que puede hacer retrasar la creación de la S.A.S. Ademas
el/los accionista(s) pueden correr el riesgo de equivocarse durante
el proceso si no cuenta con la asesoría necesaria.
Enfocada a promover la creación de micro y
pequeñas empresas. Como máximo, los ingresos anuales totales de la sociedad
no deben rebasar los $5, 000,000 (cinco millones de pesos), lo que
refleja que la sociedad se enfoca para negocios que recién van arrancando.
Los accionistas de la S.A.S. no pueden ser
Accionistas con control de cualquier otra sociedad mercantil.
Al ser unipersonal la toma de decisiones se simplifica. Por
ejemplo, para el caso de querer liquidar la sociedad, si solo cuenta con un
accionista, el trámite es mucho más fácil y sencillo.
¿Cuáles son las diferencias con otras sociedades?
A partir del 15 de septiembre del 2016 entra en vigor una Reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles, la cual introduce una nueva sociedad que beneficia la constitución de las empresas en México, esta sociedad es denominada « Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS) » o como « Ley de Empresas en un día y costo 0 ».
Este cambio implica mejoras para todos aquellos pequeños empresarios que se esfuerzan por impulsar su empresa, la mayoría de las veces con un bajo capital y un bajo número de socios. En la actualidad las personas que deciden constituir una empresa tardan hasta 72 días en trámites notariales y con costos superiores a los 30 mil pesos.
¿Cuáles son sus características?
- La responsabilidad de los accionistas queda limitada hasta el monto de sus aportaciones
- No deberán apartar utilidades para fondo de reserva
- Deberán calificar como micro y pequeña empresa, por lo que se tomarán como referencia sus ingresos anuales ($5,000,000 de pesos)
- No están sujetas al requisito de escritura pública o cualquier otra formalidad
- Las modificaciones de los estatutos se realizarán a través de fedatario público
- En cualquier momento podrán transformarse en otro régimen societario
- Las controversias entre los accionistas, en principio, deberán resolverse a través de mecanismos alternativos como mediación o conciliación
- Las utilidades se distribuirán en proporción a las aportaciones
- Se establecen obligaciones de transparencia que cumplirán en el Sistema Electrónico de Publicaciones Empresariales
¿Cuáles son los requisitos para constituir la S.A.S.?
- Que haya uno o más accionistas.
- Que el o los accionistas externen su consentimiento para constituir una Sociedad por Acciones Simplificadas.
- Uno de los accionistas deberá contar con la autorización para el uso de denominación emitida por la Secretaría de Economía.
- Que todos los accionistas cuenten con certificado de firma electrónica avanzada reconocido por la Secretaría de Economía.

¿Cuál es la finalidad de las S.A.S?
Esta iniciativa tiene como objetivos, eliminar la informalidad, simplificar el proceso de constitución para micro y pequeñas empresas, crear un nuevo régimen societario constituido por uno o más accionistas (personas físicas), establecer un proceso de constitución administrativa con todos los efectos legales, y fomentar el crecimiento de estas empresas para que, en lo futuro, adopten formas más sofisticadas de operación y administración.
¿Cuáles son las ventajas y desventajas?
VENTAJA
|
DESVENTAJA
|
Mayor agilidad
para la creación de una nueva sociedad mercantil. A excepción de la
denominación social, la redacción de Estatutos Sociales, y la inscripción de
la misma en el Registro Público del Comercio, se podrá hacer desde cualquier
computadora en el mismo día que se inicia el trámite. En promedio, una
Sociedad Anónima tarda 30 días en quedar inscrita en el Registro Público del
Comercio.
|
Es una sociedad apenas implementada.
Existe desconocimiento respecto de su existencia y aplicación
|
Mayor flexibilidad, debido a que los
Accionistas elegirán de los formatos existentes, las cláusulas del Contrato
Social que regirán el rumbo de la sociedad.
|
Es
una sociedad apenas implementada. Existe desconocimiento respecto de su
existencia y aplicación.
|
Gastos menores o
nulos. En virtud de que ya no existen formalidades como acudir ante fedatario
público para que protocolice el acto. Tampoco se deberán pagar derechos por
la inscripción electrónica al Registro Público del Comercio.
|
Se estima que, en promedio, para la
creación de un Sociedad Anónima se deben invertir alrededor de $25,000.00
|
Totalidad de trámites por Internet. Bastará
con tener un servidor con acceso a la red para ingresar a los portales web de
la Secretaría de Economía, ingresar los datos correspondientes, así como
cumplir con todos los requisitos de ley, para que la sociedad sea inscrita.
|
Incertidumbre
respecto de su funcionamiento, por ser una nueva sociedad. Si bien ha
sido implementada en varios países latinoamericanos, sigue siendo novedosa y
radical en cuanto a su forma de constitución en nuestro país. Lo mejor, es recibir
asesoría legal de profesional con manejo en el sistema.
|
Se podrá
constituir a partir de uno o más Accionistas. Esto representará una ventaja
para aquellos emprendedores que se disponen a establecer un negocio solos.
|
Actualmente el proceso de
constitución en línea presenta intermitencias, y períodos de baja del
servicio; lo que puede hacer retrasar la creación de la S.A.S. Ademas
el/los accionista(s) pueden correr el riesgo de equivocarse durante
el proceso si no cuenta con la asesoría necesaria.
|
Enfocada a promover la creación de micro y
pequeñas empresas. Como máximo, los ingresos anuales totales de la sociedad
no deben rebasar los $5, 000,000 (cinco millones de pesos), lo que
refleja que la sociedad se enfoca para negocios que recién van arrancando.
|
|
Los accionistas de la S.A.S. no pueden ser
Accionistas con control de cualquier otra sociedad mercantil.
|
|
Al ser unipersonal la toma de decisiones se simplifica. Por
ejemplo, para el caso de querer liquidar la sociedad, si solo cuenta con un
accionista, el trámite es mucho más fácil y sencillo.
|
¿Cuáles son las diferencias con otras sociedades?
Conclusión:
En mi punto de vista, considero que la Sociedad por Acciones Simplificadas es un beneficio para las personas físicas "emprendedoras" ya que no son tantos requisitos para constituir dicha sociedad.
Creo que es una manera de que no haya comercio informal en nuestro país ya que todo el proceso de constitución se realiza por Internet y te van asesorando en la página www.gob.mx/tuempresa para que puedas realizarlo con éxito.
A comparación de la Sociedad de Responsabilidad Limitada y la Sociedad Anónima se puede constituir incluso desde una sola persona y no hay un pago de derecho de inscripción; además que todos los trámites se realizan por Internet por lo que realmente simplifica la constitución tanto en tiempo y en dinero.
Espero que poco a poco se dé a conocer más de esta sociedad para que los interesados puedan constituir las S.A.S. y para que sepan correctamente como ingresar sus datos, cuales son las ventajas, sus finalidades, sus requisitos, etc; y si más adelante desean transformarse en otro tipo de sociedad mercantil, también puedan realizarlo conforme lo que las leyes solicitan.
Fuentes de consulta:
- https://www.ccpm.org.mx/avisos/Sociedades-acciones-simplificadas-cpc-Danie-fuentes-CF-Julio-2016.pdf
- http://www.derechofacil.gob.ar/leysimple/sociedad-por-acciones-simplificada-sas/
- https://clickbalance.com/blog/contabilidad-y-administracion/sociedad-por-acciones-simplificadas-tu-empresa-en-24-hrs/
- https://www.gob.mx/tuempresa/articulos/que-es-una-sas
- https://www.tracer.mx/blog-legal/8-ventajas-y-desventajas-de-una-sas
- https://www.youtube.com/watch?v=TDes_1OFI_A
Conclusión:
En mi punto de vista, considero que la Sociedad por Acciones Simplificadas es un beneficio para las personas físicas "emprendedoras" ya que no son tantos requisitos para constituir dicha sociedad.
Creo que es una manera de que no haya comercio informal en nuestro país ya que todo el proceso de constitución se realiza por Internet y te van asesorando en la página www.gob.mx/tuempresa para que puedas realizarlo con éxito.
A comparación de la Sociedad de Responsabilidad Limitada y la Sociedad Anónima se puede constituir incluso desde una sola persona y no hay un pago de derecho de inscripción; además que todos los trámites se realizan por Internet por lo que realmente simplifica la constitución tanto en tiempo y en dinero.
Espero que poco a poco se dé a conocer más de esta sociedad para que los interesados puedan constituir las S.A.S. y para que sepan correctamente como ingresar sus datos, cuales son las ventajas, sus finalidades, sus requisitos, etc; y si más adelante desean transformarse en otro tipo de sociedad mercantil, también puedan realizarlo conforme lo que las leyes solicitan.
Fuentes de consulta:
- https://www.ccpm.org.mx/avisos/Sociedades-acciones-simplificadas-cpc-Danie-fuentes-CF-Julio-2016.pdf
- http://www.derechofacil.gob.ar/leysimple/sociedad-por-acciones-simplificada-sas/
- https://clickbalance.com/blog/contabilidad-y-administracion/sociedad-por-acciones-simplificadas-tu-empresa-en-24-hrs/
- https://www.gob.mx/tuempresa/articulos/que-es-una-sas
- https://www.tracer.mx/blog-legal/8-ventajas-y-desventajas-de-una-sas
- https://www.youtube.com/watch?v=TDes_1OFI_A